FiscalidadImpuesto de Sociedades

14 junio , 2021
https://avanzaasesoramiento.com/wp-content/uploads/2021/06/Impuesto-de-sociedades.jpg

En este post te contamos todas las novedades con respecto al Impuesto de Sociedades en 2021 y damos respuesta a aquellas cuestiones que pueden surgirte en torno al mismo.

 

¿Qué es el impuesto de Sociedades?

Es un tributo de carácter directo y personal que grava la renta de sociedades y demás entidades con personalidad jurídica.

 

¿Quién debe presentar este impuesto?

Están obligas a presentar el IS todas las personas jurídicas y algunas entidades sin personalidad jurídica. Entre las entidades que deben presentar el impuesto de sociedades encontramos las siguientes:

  • Sociedades mercantiles (de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etc.)
  • Sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, asociaciones, etc.)
  • Sociedades cooperativas.
¿Quién no está obligado a presentar el IS?

Algunas entidades sin personalidad jurídica como herencias o comunidades de bienes, así como sociedades civiles sin personalidad jurídica o sociedades civiles con personalidad jurídica, pero sin objeto mercantil, están exentas de presentar el impuesto de sociedades.

¿Qué es el periodo impositivo?

El periodo impositivo corresponde al tiempo que se ha ejercicio la actividad. Este periodo no debe exceder de 12 meses y no tiene por qué coincidir con el año natural, ya que la fecha de cierre se determina en los estatutos de la sociedad. De forma general, se entiende que finaliza el 31 de diciembre de cada año. Este periodo se dará por finalizado si se extingue la sociedad, si la residencia de la entidad se traslada al extranjero o si se realiza un cambio en la forma jurídica.

 

¿Qué tipo impositivo aplicamos?

El tipo de gravamen general en el Impuesto de Sociedades es del 25%. No obstante, existen una serie de casos especiales en los que se aplica un porcentaje diferente:

  • A las entidades de nueva creación que realicen actividades económicas, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente se le aplica un 15%.
  • A las Cooperativas fiscalmente protegidas se le aplica un 20%
  • A las Entidades sin fines lucrativos que apliquen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002 se le aplica un 10%.
  • A las Sociedades y Fondos de Inversión y Fondos de activos bancarios se le aplica un 1%.

 

¿Qué es la base imponible?

La base imponible es el importe de la renta neta obtenida durante el periodo impositivo, con las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores deducidas.

¿Cómo se presenta el Impuesto de Sociedades?

De forma general, la declaración se realiza presentando el modelo 200, anualmente, de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

En el caso de haber obtenido un resultado positivo en la última declaración del modelo 200, se deberá presentar el modelo 202 en los meses de abril, octubre y diciembre, consistiendo éste en el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.

Para el régimen de tributación de los grupos de sociedades es obligatorio realizar el pago del Impuesto de Sociedades mediante la presentación del modelo 220, de forma anual o la presentación del modelo 222 para realizar el pago fraccionado del mismo.

 

¿Qué novedades presenta el IS en 2021?

Entre las novedades introducidas en el Real Decreto- ley 4/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica la Ley del Impuesto de Sociedades, destacamos las siguientes:

  • Se limita al 95% la exención por plusvalía o dividendo generado en las participaciones en sociedades.
  • Las entidades con una cifra de negocios inferior a 40 millones de euros podrán seguir deduciendo el 100% durante los tres próximos años.

 

Si te has quedado con alguna duda sobre el Impuesto de Sociedades o quieres asesorarte sobre tu caso concreto, en Avanza estaremos encantados de atenderte.

Whatsapp
644 196 161
Teléfono
957 923 473
Email
info@avanzaasesoramiento.com
Dirección
C/ Pedro Angulo 6,
14900, Lucena (Córdoba)
¿Necesitas ayuda?